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Empresas públicas deberán pagar $93 por concepto de guardería

Empresas públicas deberán pagar $93 por concepto de guardería

29-06-2023

Las entidades públicas deberán contar con servicio de guardería si registran más de 20 colaboradores con hijos menores de 5 años. En caso de no cumplir con esto, se deberá pagar $93 mensuales por cada hijo para cubrir el gasto de este servicio. Así lo indica el acuerdo ministerial MDT-2023-085, en vigencia desde el 22 de junio del presente año.

 

Requisitos

  • Partidas de nacimiento de sus hijos o la providencia emitida por autoridad competente que acredite que se encuentra bajo su cuidado o patria potestad.

  • Certificado laboral, de ser el caso, del cónyuge o conviviente en unión de hecho legalmente reconocida, de no percibir este beneficio en la institución que labora.

  • Mensualmente deberán presentar la factura del centro infantil al que asiste el o los niños.

 

La compensación puede terminar o darse por perdido por las siguientes causas:

  • Cuando el beneficiario cumpla cinco años de edad.

  • Cuando el beneficiario deje de asistir, injustificadamente, por más de tres días al mes, al centro de cuidado infantil.

  • Por cesación del servidor de la institución que otorga el beneficio monetario. Por fallecimiento del beneficiario.

  • Cuando el servidor a cargo del beneficiario perdiera el cuidado o la patria potestad del mismo.

 

Importante

En caso de fallecimiento del colaborador a cargo del beneficiario, el beneficio se continuará otorgando al cónyuge o a la persona que legalmente estuviere al cuidado del menor, hasta cumplir 5 años de edad. 

 

¿Qué centros infantiles puedes usar? 

  • Centros de cuidado diario infantil financiados por el Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES);

  • Centros de cuidado diario infantil, creados o que se creen y manejados directamente por las instituciones del sector público.

  • Centros de cuidado infantil privado.



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