¿Qué son las Notas de Crédito del SRI?

¿Qué son las Notas de Crédito del SRI?

El SRI (Sistema de Rentas Internas del Ecuador), define las Notas de Crédito como “títulos de valor emitidos como un mecanismo de reintegro de impuestos”. La institución señala que estos documentos son emitidos para reemplazar los certificados de abono tributario con el único objetivo de facilitar el pago de impuestos administrados por ellos.

Así que en líneas generales se puede interpretar o conceptualizar como un “documento legal que debe ser utilizado cuando se ha realizado una factura que presenta un problema, es decir, que el servicio o producto adquirido no fue expresado en la factura de forma completa o que hubo algún otro error y como legalmente no se puede deshacer una factura, es utilizado este comprobante para acreditar la devolución de un valor determinado”.

¿En qué momentos se utiliza una Nota de Crédito?

  • Cuando la empresa proporcionará un descuento al cliente, que no fue estipulado en la factura. Así que debe asentarlo en la Nota de Crédito.
  • Cuando debes ser corregidos errores de monto presentes en la factura original.
  • Cuando clientes realizan devoluciones de mercancía por estar en mal estado, dañadas, o hubo confusiones y le fueron entregados otros artículos en vez de los solicitados.
  • Cuando deben anular la factura.
  • Cuando le bonificaran algo a un determinado cliente.

Al ocurrir devoluciones, descuentos o bonificaciones, este documento expresará que el cliente cuenta con ese beneficio para el momento que desee utilizarlo.

Existen características establecidas por el SRI, para cada tipo de documento que será emitido y de qué forma puede ser utilizado:

  • Notas de Crédito Desmaterializadas – Certificación de Abono Tributario: Los contribuyentes beneficiarios de Certificación de Abono Tributario (exportadores) pueden solicitar el remplazo de los mismos, a través de las Notas de Crédito emitidas por el SRI, para posterior pago de tributos.

Las Notas de Crédito desmaterializadas ‘Saldos’ según señala el SRI, podrán ser utilizadas en cualquier declaración de impuestos cargada a través de la página web del SRI.  Si el ‘Saldo’ que se utiliza en la declaración no existe o es insuficiente, la declaración no será aceptada, caso contrario la afectación del ‘Saldo’ será en línea.

  • Notas de Crédito de Excepción: El SRI, dispondrá de la devolución de lo incorrectamente pagado, a través de la nota de crédito.  
  • Notas de Crédito de Servicio Virtual para lo devolución de impuestos: Nuevo servicio virtual, que permite a los contribuyentes cambiar la forma de devolución de impuestos a una “nota de crédito desmaterializada”.
  • Notas de Crédito del Impuesto a la Salida de Divisas ISD (Impuesto de Salida de Divisas).

En la página oficial del SRI, www.sri.gob.ec, se encuentran casos en los que una persona natural o jurídica, puede optar por la devolución de porcentajes de Impuestas a la Renta, de Impuestos al Valor Agregado u otros que apliquen.

En Facturero Móvil, queremos simplificarte la información, para que puedas solicitarlo de ser necesario, y sustentarlo junto a tu Nota de Crédito.

Requisitos que aplican a las personas naturales para la devolución de Impuestos a la Renta:

  • Presentar la declaración de Impuesto a la Renta a través de Internet.
  • Formulario de presentación de el “Reclamo Administrativo de Pago Indebido” o “Solicitud de Devolución de Pago en Exceso”, acompañado de la descripción del caso, que debe estar en la Nota de Crédito.
  • Presentar original de la Cédula de Ciudadanía o Pasaporte, junto a la Papeleta de Votación del último proceso electoral.
  • Copia del formulario 107, en caso de haber percibido ingresos por el trabajo bajo relación de dependencia.
  • Las personas obligadas a llevar contabilidad, adicionalmente deben presentar estados financieros, libros mayores de las cuentas de retenciones a la fuente de Impuestos a la Renta, correspondiente al o años solicitados y un escrito firmado por el contador que certifique que la información es copia fiel y exacta, de los archivos de la compañía.
  • Detalle en medio magnético de los comprobantes de retención que sustenten las retenciones en la fuente registrada en la declaración.

Los detalles adicionales del cómo recibir la devolución de Impuestos a la Renta, las puede consultar en la página oficial del SRI, www.sri.gob.ec, adicionalmente tendrá la lista detallada de los requisitos para Personas Jurídicas.

Requisitos para la devolución de Retenciones no compensadas de Impuesto al Valor Agregado (IVA)

  • Carta de Solicitud de devolución de retenciones de IVA, cumpliendo con los requisitos establecidos en el Art. 119 del Código Tributario, especificando la forma de devolución (Nota de Crédito).
  • Copia del nombramiento del representante legal, debidamente actualizado e inscrito en el registro mercantil.
  • Original de los originales de la cédula y de la papeleta de votación del representante legal.
  • Estados Financieros y Balances de comprobación mensual, correspondiente a los periodos solicitados, extraídos del sistema contable y firmado por el representante legal y contador de la compañía.
  • Libros Mayores de las cuentas de IVA ventas e IVA compras, correspondiente al periodo solicitado.
  • Escrito firmado por el contador y representante legal que certifique que la información contenida en el medio magnético es fiel copia de la documentación que reposa en los archivos de la compañía.
  • Detalle en medio magnético de los comprobantes de retención que sustentan las retenciones en la fuente registrada en la declaración.

Requisitos naturales para la devolución de Pago Indebido o en Exceso de IVA

  • Escrito de Reclamo de Pago Indebido o en exceso, que debe cumplir con lo establecido en el Art. 119 del Código Tributario, especificando la forma de devolución (Nota de Crédito Desmaterializada o Acreditación de Cuenta).
  • Copia del nombramiento del representante legal, debidamente actualizado e inscrito en el registro mercantil.
  • Original de los originales de la cédula y de la papeleta de votación del representante legal.
  • Registros Contables correspondientes a las transacciones objeto de la solicitud de Pago en Exceso o reclamo de Pago Indebido.
  • Documentación fuente que respalde las transacciones objeto de la solicitud de Pago en Exceso o reclamo de Pago Indebido.
  • Escrito firmado por el contador y/o representante legal que certifique que la información contenida en el medio magnético es fiel copia de la documentación que reposa en los archivos de la compañía.

Para la solicitud de devoluciones de Retenciones no compensadas de Impuesto al Valor Agregado (IVA) o Pago Indebido o en Exceso de IVA, la carta de solicitud, que señalan debe cumplir lo establecido en el Art, 119 del Código Tributario, hace referencia a lo siguiente:

1) La designación de la autoridad administrativa ante quien se la formule.

2) El nombre y apellido del compareciente; el derecho por el que lo hace; el número del registro de contribuyentes, o el de la cédula de identidad, en su caso.

3) La indicación de su domicilio permanente, y para notificaciones, el que señalare.

4) Mención del acto administrativo objeto del reclamo y la expresión de los fundamentos de hecho y de derecho en que se apoya, expuestos clara y sucintamente.

5) La petición o pretensión concreta que se formule.

6) La firma del compareciente, representante o procurador y la del abogado que lo patrocine.

Al reclamo se adjuntarán las pruebas que se dispongan (NOTA DE CRÉDITO) o se solicitará la concesión de un plazo para el efecto.