Los clientes deben dar sus datos personales para poder comprar gas

Los clientes deben dar sus datos personales para poder comprar gas

Emitir facturas electrónicas por la compra de gas licuado de petróleo (GLP) o gas doméstico, todavía no es una normativa que se esté cumpliendo por los distribuidores, incluso, tratándose de una obligación desde el 01 de enero de 2020,  dictada por el Servicio de Rentas Internas (SRI). 

Según una investigación del diario El Comercio, en donde se evaluaron siete sitios en el que se comercializa este recurso en la ciudad de Quito, evidenciaron que la venta se realiza sin emitir este comprobante electrónico. A excepción de un local en el sector de Guajaló en el que sí se entregaban esta obligación tributaria, pero en físico. 

En este sentido, algunos propietarios de locales que distribuyen gas, mencionaron que están realizando los trámites necesarios para poder acogerse a esta medida. 

El presidente de la Asociación de Distribuidores de Gas Luz de América, Gustavo Moncayo, expresó que en promedio, 350 socios están en capacitación con el SRI para poder incluir este requerimiento a su día a día. Agregó que, el objetivo es contar con el conocimiento y con los equipos configurados, para poder emitir comprobantes electrónicos a partir de febrero.

 

COLABORACIÓN DE LOS CLIENTES CON SUS DATOS

 

Además de estas gestiones, Moncayo subrayó que es indispensable la ayuda de los clientes para que se pueda llevar con éxito esta medida, ya que, deben proporcionar sus datos para recibir el producto, porque de lo contrario, no se podrá efectuar la venta. 

El Reglamento de Comprobantes de Venta, Retención y Complementarios, dictó que los clientes que deseen adquirir GLP deben dar de forma obligatoria sus datos para poder recibir su factura electrónica. 

¿Qué datos son los que deben entregar? Pues, se trata del nombre y apellido, número de cédula, dirección, número de contacto y correo electrónico, tal cual, como se requiere cuando se compra algún otro producto o servicio. 

Es importante señalar que, para este tipo de compra en específico no se puede solicitar la factura a nombre de consumidor final. El SRI destacó al respecto: “En la venta de gas licuado de petróleo es obligatorio que en todo comprobante que se emita se llene el número de la cédula de identidad o ciudadanía del adquirente”.

El principal objetivo de esta medida es conocer en qué sectores se está repartiendo el GLP y corroborar que el subsidio está distribuyendo a quienes lo necesiten. Juan Sebastián Roldán, secretario particular de la Presidencia, mencionó que “Hay que eliminar la posibilidad que el gas esté yendo a un servicio industrial que no lo necesita”.


 

¿QUÉ SUCEDE CON EL PRECIO DEL GAS?

 

Para conocer los detalles del consumo, la factura deberá detallar las unidades que se están comprando y el impuesto al valor agregado (IVA) que genera cada una. Al final, el precio correspondiente a cada unidad de gas será de USD 1,60 en los depósitos. 

Por su parte, el SRI explicó que los distribuidores de gas que entregan este recurso a domicilio, deberá incluir en la factura el valor del cilindro de este recurso, el IVA del producto, más el costo del servicio que prestan. 

 

¿QUÉ HACER EN CASO DE QUE EL CLIENTE NO TENGA DIRECCIÓN DE CORREO ELECTRÓNICO? 

 

Todas las facturas electrónicas deben ser enviadas por correo electrónico a cada contribuyente. No obstante, si el cliente no posee un correo, el distribuidor tendrá que entregar un comprobante físico, es decir, la Representación Impresa del Documento Electrónico (RIDE).

Si quieres conocer más información del RIDE, haz clic aquí.

Es importante destacar que, según el SRI, los establecimientos de gas que no cumplan con la normativa, pueden ser clausurada su actividad económica durante siete días si es la primera vez. En caso de ser reiterativo, pueden cerrar de forma definitiva el establecimiento.

Del mismo modo, aquellos distribuidores que no cumplan con el precio oficial del GLP que es de USD 1,60  incluido ya el IVA, también pueden ser sancionados. Para este caso en específico, la Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero (ARCH), determina multas desde 25 remuneraciones básicas unificadas, es decir, USD 10 mil. 

 

PARA TENER EN CUENTA 

 

  • El vendedor de gas no podrá generar el documento si el comprador no le suministra los datos que permita su identificación.

  • El comprador de este recurso, al momento de efectuar la compra tendrá que facilitarle al vendedor su nombre y apellido, cédula de identidad, dirección, número telefónico y correo electrónico. 

  • Si el cliente no tiene correo electrónico, se le deberá entregar el RIDE.

  • En la factura, se debe detallar el precio del gas, que es de USD 1,43, más USD 0,17 que corresponde al IVA, por lo que el precio final debe ser USD 1,60.

  • Los vendedores que disfrutan el gas a domicilio, deben incluir en la factura el monto de su servicio. 

 

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Fuente: El Comercio.